martes, 3 de febrero de 2009

Derechos Economicos Constitucionales

REGULACIÓN ECONÓMICA
Con esta el estado busca garantizar la convivencia pacifica y la vigencia de un orden justo, principios vitales sobre los cuales gira la actividad económica. Es considerada como la panacea para la solución de todos los conflictos que resulten de la vida cotidiana, por ello se hace necesaria la intervención del estado para vigilar y corregir las fallas del mercado que por lo general está creando distorsiones e imperfecciones que afectan a la comunidad.PROVISIÓN ECONÓMICA:
Se exige la eficacia en su prestación y se le permite a los particulares hacerlo bajo la vigilancia, regulación y control por parte del estado, esta está involucrado en diferentes aspectos relacionados con la paz, el bienestar y la calidad de vida, base del desarrollo social de los pueblos. (art 2- 365- 366 CN)FISCALIZACIÓN ECONÓMICA:
constituida en razón de ser y fundamentación de la economía política, la cual le corresponde adelantar al estado de manera exclusiva con la administración del presupuesto nacional, la administración de la Módena, la administración de los ingresos tributarios y no tributarios del estado y su correcta distribución; es uno de los instrumentos con el cual se puede adelantar toda la política macroeconómica de la nación, está relacionada con el manejo de sus recursos financieros y la manera de obtenerlos de sus administrados.
REDISTRIBUCIÓN ECONÓMICA:
Esta se cumple con base en el plan nacional de desarrollo, el cual como lo establece la carta política constituye los objetivos fundamentales de la hacienda pública, acompañados de la búsqueda del bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.
la correcta distribución de los recursos debe corresponder a los dictados de la equidad y la justicia , fundada en el trabajo y la solidaridad de las personas, y de esta manera atender las necesidades de una población que no puede valerse por sí misma y atender sus mínimas necesidades, pero lástima que la realidad sea otra.ESTABILIZACIÓN ECONÓMICA:
el estado debe desarrollar a través de políticas y herramientas especificas para cada materia, con indicadores de natalidad, mortalidad, producto interno bruto, tasas de cambio y de interés, crecimiento de la producción del estado relacionado con los indicadores de competitividad y eficiencia de los agentes económicos de la producción lo cual debe ser vigilado por el estado, de igual manera el estado es responsable de los niveles de comercio exterior, de las exportaciones e importaciones que se efectúen, este además debe estar comprometido con el estudio y la búsqueda de la solución de la necesidades básicas insatisfechas, siendo un elementos fundamentales en la formulación de políticas económicas.
DERECHO CONSTITUCIONAL ECONÓMICO
REGULACIÓN: La regulación como forma en la cual el Estado contribuye a la estabilización, equidad y una buena administración económica, la establece la Constitución Política desde su primer artículo en donde cataloga el Estado como “Social de Derecho” e igualmente en sus artículos 2, 333,334 y 350 regula todo lo concerniente a los principios establecidos por la Constitución de 1991haciendo referencia a aspectos tales como la protección de los derechos económicos de los individuos en cuanto a la protección de los bienes y derechos y la libertad económica, a la Dirección Económica que se estableció a cargo del Estado con el propósito de que se promueva la prosperidad general e igualmente los deberes sociales del Estado y el propósito de servicio sin olvidar el gasto social; pero donde igualmente deben colaborar los miembros de asociaciones, cooperativas y la ciudadanía en dicho ejercicio. Estos artículos mencionados anteriormente hacen relación a su vez con artículos tales como el 366 y los mencionados en el titulo II con los cuales se desarrollan en armonía. Con esta regulación económica el Estado busca garantizar una convivencia pacífica y un orden justoPROVISIÓN: El artículo 2 en concordancia con el 365,366 y 336 fundamentan esta función. El Estado Colombiano catalogado como Social de Derecho tiene como responsabilidad satisfacer las necesidades de las personas con lo cual se ve en la obligación de proporcionarle a la comunidad oportunidades de empleo para suplir sus necesidades económicas y garantizar de esta manera unas condiciones mínimas de vida, y entre otras como la educación y la seguridad social como complemento y darle igualmente cumplimiento a los derechos económicos establecidos a lo largo de la Constitución Política Colombiana. También se encuentra dentro de la provisión que el Estado en el cumplimiento de sus obligaciones debe garantizar y asegurar a la ciudadanía a fin del cumplimiento de los principios y derechos económicos, de manera directa o indirecta la debida prestación de los servicios públicos a todos los habitantes del territorio, con el debido sometimiento a lo establecido por la Ley.
FISCALIZACIÓN: La función de fiscalización está relacionada con el presupuesto nacional y la distribución de los recursos y competencias, y le permite al Estado adelantar toda política macroeconómica de la nación. Está relacionada con la organización social del Estado, el manejo de sus recursos financieros y la manera de que sus administrados los obtengan (Art. 95 núm. 9 Constitución Política) e igualmente la Constitución prioriza el gasto público social sobre cualquier otra asignación (Art. 366) y el cumplimiento de las demás obligaciones inherentes a su finalidad social. Le corresponde entonces al Estado la administración del presupuesto nacional, la administración de la moneda, la administración de los ingresos tributarios y no tributarios y su correcta distribución, el manejo de la deuda pública interna y externa; siempre pensando en satisfacer las crecientes necesidades de la comunidad.
REDISTRIBUCIÓN: Esta función se debe cumplir, teniendo como base el plan nacional de desarrollo, debido a la vinculación directa le determina a esta función con el manejo del presupuesto nacional. Como objetivos fundamentales de la hacienda pública y buscando el bienestar general, el progreso en la calidad de vida de la población Colombiana, garantizando la equidad y la justicia; la Constitución ha establecido la manera en la cual se distribuyen los recursos del Estado y enfatiza en la prioridad que se le debe dar a la satisfacción de las necesidades básicas de los habitantes del territorio nacional (Arts. 2, 365 y 366 Constitución Política).ESTABILIZACIÓN: La Carta Política le delega al Banco de la República en su artículo 373, velar por el mantenimiento de la capacidad adquisitiva de la moneda, ya que esta se encuentra relacionada con la inflación y con el nivel de precios del mercado, parte de la función de estabilización económica del Estado. El Estado de igual manera debe vigilar lo relacionado con los indicadores de competitividad y eficiencia de los agentes económicos de la producción (Art. 2, 333. 334 Constitución Política) y la Carta le asigna la responsabilidad al Estado de los niveles de comercio exterior, de las exportaciones e importaciones que se efectúan y la administración del régimen de cambios de moneda extranjera. Esta función de igual manera, lleva a el Estado a que garantice las necesidades básicas, buscando soluciones cuando ello lo requiera, esto se relaciona con los indicadores de desarrollo social que se deben coordinar con los indicadores del crecimiento de la población. Complementando esta función, lleva a cabo el correcto manejo de la hacienda pública, el nivel de ingreso y del gasto público y el papel de la sociedad sobre los cuales recaen todas estas funciones que debe desarrollar el Estado.

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